Comprende al personal técnico, administrativo y obrero de los Institutos Médicos u odontológicos sin
internación,laboratorios biológicos y de análisis clínicos, rayos X o similares, consultorios, clínicas e
institutos de preservación de la Salud (baños, cuidado corporal, etc.) y en general, a todos los que se
desempeñen en toda organización sin internación cuya finalidad sea la recuperación, conservación
y/o preservación de la Salud.